La situación legal de los perros de caza vuelve al centro del debate sobre la protección animal en España. El Partido Animalista PACMA convocó concentraciones para ayer 18 de octubre de 2026 en trece ciudades españolas con una reivindicación clara: que los perros utilizados para la caza reciban la misma protección legal que los demás perros.
La campaña, bajo el lema «Perros de caza: ¡incluidos en la ley ya!», también reclama que estos animales queden contemplados en la regulación de los núcleos zoológicos. PACMA sostiene que la protección de un perro no debería depender de la actividad para la que se utiliza.
La convocatoria se anunció el 1 de octubre y contemplaba movilizaciones en ciudades como Madrid, Barcelona, Sevilla, Valencia, Zaragoza, Valladolid y Málaga, entre otras. La formación también anunció una acción coordinada con organizaciones de otros países para trasladar sus reivindicaciones a consulados españoles.
La petición reabre una cuestión importante: ¿qué protección tienen actualmente los perros de caza y qué tendría que cambiar para que su situación jurídica fuera equivalente a la de otros perros?
Qué dice la Ley 7/2023 sobre los perros de caza
La Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, establece un marco estatal para la protección de los animales incluidos en su ámbito de aplicación. Sin embargo, su artículo 1.3.e excluye expresamente a los perros de caza, las rehalas y los animales auxiliares de caza.
Esto significa que no se les aplican automáticamente todas las disposiciones específicas de esta ley. Su protección depende de la normativa europea, estatal y autonómica que les corresponda.
La situación resulta especialmente llamativa porque el artículo 3 de la misma ley considera a los perros animales de compañía con independencia del fin al que se destinen o del lugar en el que habiten. No obstante, la exclusión específica de los perros de caza sigue figurando en el artículo 1.
Esta diferencia es precisamente uno de los principales argumentos de PACMA para reclamar una reforma legislativa que elimine esa excepción.
Puedes consultar también nuestro artículo sobre la Ley de Protección Animal en España: qué establece y cómo afecta a quienes conviven con animales.

PACMA pide acabar con las diferencias de protección
El Partido Animalista PACMA reclama que los perros utilizados para la caza, así como los destinados a otras actividades específicas, no queden al margen de las garantías generales de bienestar animal.
Entre sus reivindicaciones se encuentran la prevención del abandono, la mejora de las condiciones de alojamiento, el refuerzo de los controles sobre las instalaciones y una mayor protección frente al maltrato.
La campaña no se limita a los perros de caza. PACMA también plantea que se revise la situación de otros animales excluidos de la Ley 7/2023, como los utilizados en determinadas actividades profesionales y los perros pastores y de guarda del ganado.
El objetivo de la formación es que la finalidad del animal no determine un nivel inferior de protección. Para PACMA, las necesidades de alimentación, atención veterinaria, descanso y bienestar deben ser una prioridad, con independencia de la actividad humana en la que participe.
La convocatoria del 18 de octubre se presentó como una nueva acción para impulsar estos cambios. La convocatoria acredita la iniciativa y las reivindicaciones anunciadas por PACMA; para confirmar la participación y el desarrollo efectivo de cada concentración es necesario disponer de información posterior a los actos.
El Código Penal también protege a los perros de caza
Que los perros de caza estén excluidos de la Ley 7/2023 no significa que el maltrato o el abandono queden permitidos.
El Código Penal, reformado en materia de protección animal por la Ley Orgánica 3/2023, contempla delitos contra los animales. Los artículos 340 bis y siguientes regulan distintas conductas de maltrato, lesiones y muerte de animales, mientras que el artículo 340 ter contempla el abandono de animales vertebrados bajo responsabilidad humana cuando se ponga en peligro su vida o integridad.
La aplicación de estos artículos depende de las circunstancias y de los requisitos legales de cada supuesto. Por ello, no se puede afirmar que cualquier conducta negligente constituya automáticamente un delito, pero tampoco que la utilización de un perro para cazar lo excluya de la protección penal.
La diferencia fundamental es que la exclusión de la Ley 7/2023 afecta al ámbito de aplicación de esa norma concreta, no supone una inmunidad general frente a otras leyes.
En Infomascota hemos abordado también la importancia de la aplicación efectiva de la legislación en nuestro artículo sobre cómo unificar protocolos policiales puede mejorar la intervención ante el maltrato animal.

Qué ocurre con el Real Decreto de Núcleos Zoológicos
Otra de las cuestiones que PACMA quiere modificar es la regulación de los núcleos zoológicos, donde pueden alojarse animales en instalaciones vinculadas a distintas actividades, incluidas determinadas rehalas.
En 2026 se sometió a audiencia e información pública un proyecto de Real Decreto relativo a las normas básicas de sanidad animal, autorización y registro de los núcleos zoológicos tradicionales. La existencia de ese trámite no significa, por sí sola, que el proyecto se haya convertido en una norma vigente.
Para determinar qué requisitos son exigibles actualmente hay que comprobar la publicación definitiva en el Boletín Oficial del Estado, si la hubiera, y la normativa autonómica aplicable.
PACMA reclama que los perros de caza queden incluidos en esta regulación y que las instalaciones donde viven estén sometidas a requisitos adecuados de bienestar, higiene, espacio, atención veterinaria y supervisión.
La regulación de los núcleos zoológicos puede establecer condiciones sanitarias y de alojamiento, pero un real decreto no puede eliminar por sí solo una exclusión establecida en una ley. Para modificar el artículo 1.3.e de la Ley 7/2023 sería necesaria una reforma legal del rango correspondiente.
Qué obligaciones siguen vigentes para los responsables
Aunque la Ley 7/2023 excluya a los perros de caza, sus responsables deben cumplir las normas que sí resulten aplicables a sus animales y a la actividad que desarrollan.
Entre ellas pueden encontrarse las disposiciones sobre sanidad animal, identificación, documentación, registro de instalaciones y ejercicio de la caza, además de las normas autonómicas de protección animal que correspondan.
También sigue siendo relevante la protección penal frente a las conductas que reúnan los requisitos de maltrato o abandono establecidos en el Código Penal.
No obstante, es importante no trasladar automáticamente a los perros de caza todas las obligaciones específicas previstas para los animales incluidos en la Ley 7/2023. La aplicación concreta depende de la norma correspondiente y de las circunstancias de cada caso.
Para conocer mejor el problema del abandono en España, puedes leer nuestro artículo sobre cómo el abandono de perros y gatos sigue sin reducirse en España.
Qué tendría que cambiar para igualar la protección
La principal modificación reclamada por PACMA sería eliminar la exclusión de los perros de caza de la Ley 7/2023. A partir de ahí, habría que coordinar la reforma con la normativa de núcleos zoológicos, la legislación autonómica y las disposiciones específicas de la actividad cinegética.
También sería necesario concretar cómo se aplicarían las obligaciones de bienestar a los perros que viven en rehalas y otras instalaciones, para que las exigencias fueran claras y existieran mecanismos eficaces de inspección y control.
Las concentraciones pueden dar visibilidad a estas reivindicaciones, pero no modifican por sí mismas la legislación. Para que se produzca un cambio jurídico efectivo, las reformas deben tramitarse y aprobarse por los cauces legales correspondientes.
Una cuestión que sigue abierta en el debate animalista
La situación de los perros de caza plantea un debate sobre cómo debe organizarse la protección animal en España. Por una parte, PACMA y otras voces del movimiento animalista reclaman que la finalidad de un perro no determine su nivel de protección. Por otra, la actividad cinegética cuenta con su propia regulación y con normas específicas que deben coordinarse con cualquier reforma estatal.
Lo que resulta esencial es distinguir entre las reivindicaciones de las organizaciones y las obligaciones que ya están en vigor. Actualmente, la Ley 7/2023 excluye expresamente a los perros de caza, pero el Código Penal y otras disposiciones pueden seguir siendo aplicables.
Las movilizaciones convocadas por PACMA para el 18 de octubre vuelven a situar esta diferencia en el centro de la discusión. El siguiente paso dependerá de las decisiones legislativas que se adopten y de cómo se articulen las garantías de bienestar para estos animales.
La protección animal requiere normas claras, controles efectivos y responsabilidades bien definidas. El debate sobre los perros de caza no se limita a una cuestión jurídica: también plantea qué garantías deben existir para prevenir el sufrimiento y el abandono de animales que dependen de las personas para su cuidado.
Información jurídica: Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales; Ley Orgánica 3/2023, de modificación del Código Penal en materia de maltrato animal. Consulta los textos oficiales en el BOE.