A los Tribunales la orden de caza de Madrid

Caza

El 28 de abril se publicaba en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid una resolución de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Conserjería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad que declaraba la emergencia cinegética y establecía medidas extraordinarias para el control de especies en la Comunidad de Madrid. Hoy, desde PACMA, han presentado un recurso de alzada ante la Consejería de Medio Ambiente pidiendo su suspensión inmediata.

Desde que el Gobierno envió una recomendación a las comunidades autónomas para que realizasen labores de control de la población de jabalíes para la prevención de daños en la cabaña ganadera y cultivos, muchas comunidades autónomas han aprovechado para ceder ante los intereses de los cazadores. Este es el caso de la Comunidad de Madrid, ha aprobado la actividad cinegética para el control de poblaciones de forma irregular.

En PACMA han aprovechado todos los medios legales disponibles para frenar los pies a los partidos políticos que siguen fomentando la muerte de animales. Han presentado un recurso de alzada exigiendo la paralización de la caza en la Comunidad de Madrid, ya que se trata de una actividad fuera de lo contemplado en la legislación.

En primer lugar, solo se recoge la actividad cinegética en caso de «graves daños a la agricultura, a consecuencia de accidentes graves de tráfico reiterados en un mismo punto kilométrico, por grave riesgo para la navegación aérea y en el supuesto de graves riesgos en sanidad animal (prevención de zoonosis)». Así pues, no existe ningún informe que indique ninguna de estas circunstancias en la Comunidad de Madrid, condición imprescindible para permitir las acciones cinegéticas extraordinarias.

En segundo lugar, el control de poblaciones debe estar justificado por estudios científicos que reflejen la sobrepoblación de una especie concreta, con su correspondiente censo poblacional, documentos que no se han presentado en ningún momento.

En tercer lugar, el Real Decreto 463/2020, del 14 de marzo, establece que durante la vigencia del estado de alarma las personas solo podrán circular por las vías de uso público para la realización de actividades de fuerza mayor o situación de necesidad.

 

Caza

 

Las «emergencias cinegéticas temporales» no están comprendidas entre esas actividades, por lo que permitir la libertad de desplazamiento a los cazadores no es solo una injusticia para el resto de población que se queda en sus casas, sino una vulneración del real decreto.

Finalmente y para mayor agravio, una de las comarcas incluidas como «zona de emergencia cinegética» sufrió un grave incendio el pasado verano, comprometiendo la supervivencia de los animales que habitan en ella. Así pues, su fauna debe recibir una mayor protección, no el ataque de los cazadores, escopeta en mano.

Por todo ello, en Pacma reclaman que la orden de caza sea paralizada de inmediato y que cese toda actividad cinegética en la Comunidad de Madrid.

Fuente: Pacma

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