El Consejo Europeo allana el camino para la primera ley comunitaria de bienestar de perros y gatos

Perro en el parque - Foto de Brett Sayles: https://www.pexels.com/es-es/foto/cachorro-en-campo-de-hierba-1322182/

Los representantes permanentes de los Estados miembros ante la UE (Coreper) han alcanzado un acuerdo sobre el mandato de negociación del Consejo en relación con una propuesta para mejorar el bienestar de los gatos y los perros estableciendo por primera vez normas mínimas a escala de la UE.

Principales elementos de la propuesta de la Comisión

La propuesta tiene por objeto mejorar el bienestar de los gatos y los perros mantenidos por criadores, establecimientos de venta y refugios, mejorando al mismo tiempo la protección de los consumidores, garantizando una competencia leal y luchando contra el comercio ilegal.

La propuesta no afecta a los propietarios individuales de animales de compañía. Sin embargo, cualquier persona que desee comercializar un gato o un perro en el mercado de la UE tendrá que asegurarse de que lleven un microchip con fines de trazabilidad.

Los requisitos de la propuesta se conciben como normas mínimas para armonizar el mercado de la UE. Si así lo desean, los Estados miembros pueden mantener esas normas o introducir otras más estrictas.

Principios en materia de bienestar

La posición de negociación del Consejo mantiene los principios fundamentales en materia de bienestar propuestos por la Comisión:

  • la cría está regulada, con límites de frecuencia y de edad mínima y máxima;
  • se prohíben determinadas prácticas de cría, como la consanguineidad (cría entre padres y descendientes, entre hermanos y hermanos uniparentales, y entre abuelos y nietos). La posición del Consejo aclara que, no obstante, la consanguineidad puede utilizarse para preservar razas locales con un acervo genético limitado;
  • se prohíben las mutilaciones dolorosas, como como los cortes de orejas y rabos o la extiparción de las uñas, a menos que respondan a una indicación médica;
  • se debe proporcionar agua dulce y limpia y comida en cantidad suficiente y condiciones de alojamiento adecuadas;
  • los perros deben tener acceso diario a una zona al aire libre o deben sacarse a pasear diariamente. El Consejo aclara que esto se aplica a los perros de más de 12 semanas de edad.

Requisitos para los operadores y establecimientos

El Consejo también ha mantenido disposiciones relativas a las obligaciones de los operadores y establecimientos:

  • todos los gatos y los perros deben llevar un microchip y estar registrados en una base de datos nacional antes de su venta o donación. Todas las bases de datos serán interoperables con las bases de datos de otros países de la UE y serán accesibles en línea;
  • las personas que cuidan de gatos o perros deben entender adecuadamente su comportamiento y sus necesidades;
  • los establecimientos deben garantizar las visitas de veterinarios. El Consejo aclara las condiciones de estas visitas de asesoramiento relacionadas con el bienestar de los animales;
  • al vender o donar gatos o perros, la persona responsable de estos animales debe concienciar sobre la tenencia responsable.

Principales modificaciones introducidas por el Consejo

El mandato de negociación del Consejo introduce una serie de mejoras en la propuesta para fomentar el bienestar de los gatos y los perros:

  • aclara que los operadores no deben abandonar gatos ni perros;
  • prohíbe la cría de híbridos (el resultado del cruce con una especie silvestre);
  • las hembras de gatos y perros que hayan sido sometidas a dos cesáreas no se utilizarán para la cría, con el fin de proteger su salud y bienestar;
  • los gatos y los perros con rasgos extremos deben quedar excluidos de la cría, a fin de evitar que estos rasgos se transmitan a las generaciones futuras si existe un riesgo elevado de efectos perjudiciales para su bienestar o para el bienestar de sus descendientes;
  • los gatos y los perros con rasgos conformacionales extremos o mutilaciones quedarán excluidos de participar en competiciones, espectáculos o exposiciones.

Ámbito de aplicación de la propuesta de Reglamento

Dado que algunas organizaciones, por ejemplo ONG, utilizan hogares de acogida para alojar a gatos y perros abandonados, vagabundos o rechazados, el Consejo ha decidido incluir los hogares de acogida en el ámbito de aplicación del Reglamento.

Autorización de establecimientos de cría

La propuesta original de la Comisión exigía que los establecimientos de cría que mantengan más de tres gatos o perros hembras y que produzcan en total al menos dos camadas al año sean autorizados tras una inspección in situ por parte de las autoridades competentes.

Puesto que hay escasez de veterinarios oficiales en los Estados miembros y se pretende reducir la carga administrativa, el Consejo ha limitado este requisito a los establecimientos que producen más de cinco camadas al año o que mantienen a más de cinco gatos o perros hembras. Además, el mandato del Consejo ofrece a los Estados miembros la posibilidad de permitir que los establecimientos obtengan la autorización a través de la comunicación a distancia.

Importaciones de terceros países

En consonancia con la propuesta de la Comisión, las importaciones estarán sujetas a normas idénticas o equivalentes, lo que mejorará la protección de los consumidores y garantizará la trazabilidad de los gatos y los perros.

El mandato del Consejo distingue entre la importación de gatos y perros para su comercialización en el mercado de la UE y para desplazamientos sin ánimo comercial, con el fin de prevenir el fraude y mejorar la trazabilidad de los perros y los gatos.

En el primer caso, deberá registrarse al gato o al perro en una base de datos de la UE cinco días hábiles después de su entrada en la UE. En la propuesta inicial, el registro debía hacerse en un plazo de 48 horas a partir de la llegada a su destino.

En el segundo caso, el Consejo propone la creación de una base de datos para los desplazamientos de animales de compañía. Con ello, los Estados miembros podrán tener una visión general de las importaciones sin ánimo comercial a la UE y, por tanto, podrán detectar desplazamientos sospechosos.

Protección de datos

El Consejo también ha introducido disposiciones relacionadas con la protección de datos para garantizar la protección de los datos personales que se recogen, por ejemplo, en las bases de datos de perros y gatos o en la información transmitida por los establecimientos.

Siguientes etapas

El texto acordado hoy por los representantes permanentes de los Estados miembros ante la UE formaliza la posición de negociación del Consejo. Las negociaciones entre la Presidencia del Consejo y el Parlamento Europeo comenzarán una vez que el Parlamento haya aprobado su posición. El resultado de las negociaciones determinará la forma definitiva del acto legislativo.

Contexto

Los ciudadanos de la UE poseen más de 72 millones de perros y más de 83 millones de gatos. Se calcula que el valor de las ventas de gatos y perros asciende a 1 300 millones de euros anuales. El 74 % de los europeos considera que debe protegerse mejor el bienestar de los animales de compañía en su país.

La legislación de la UE vigente solo se aplica a los gatos y perros destinados a fines científicos o transportados con fines comerciales o para prevenir la propagación de la rabia y otras enfermedades contagiosas. Las normas nacionales de los Estados miembros varían considerablemente. La propuesta tiene por objeto garantizar unas normas mínimas armonizadas en toda la UE y crear unas condiciones de competencia equitativas para todos los operadores.

Además, la propuesta responde a un firme llamamiento de los ciudadanos de la UE para mejorar el bienestar de sus animales de compañía, tal como se indica en un Eurobarómetro especial publicado en octubre de 2023 sobre la actitud de los europeos en relación con el bienestar animal.

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