Todo lo que debes saber sobre los perros potencialmente peligrosos

Perro Potencialmente Peligrosos

Hoy en día es habitual escuchar alguna noticia en torno a los “perros potencialmente peligrosos”, cuya abreviatura es PPP. Quien más o quien menos nos hacemos una idea del significado de la expresión. Pero, esa imagen que se forma en nuestra mente, ¿se ajusta realmente a la realidad? En este post queremos adentrarnos en este controvertido asunto para dar respuesta a las dudas más frecuentes que el tema suele provocar.

Perros potencialmente peligrosos

Perros potencialmente peligrosos es el apelativo que ciertas legislaciones emplean para denominar a algunas razas de canes que, por poseer unas determinadas características físicas, se les atribuye la capacidad de ser peligrosos en potencia.

Veamos a continuación algunos de los atributos de los PPP:

  • Agresividad en ataque y defensa
  • Resistencia al dolor
  • Gran tenacidad
  • Fortaleza
  • Gran tamaño

Se trata de razas que se han creado a lo largo del tiempo, mediante el cruce, con la finalidad de conseguir los mejores ejemplares de pelea, ataque, defensa, vigilancia o custodia.

Hay que recalcar que la mayoría de las razas de perros existentes son potencialmente inofensivas y nos dan cariño, protección y seguridad. Pero, en el caso de los PPP, el hecho de tener la facultad de atacar y causar daños graves, incluso letales, es lo que ha inducido a los gobiernos a elaborar normativas específicas al respecto.

¿Qué dice la legislación?

Hay que señalar que, si bien la legislación internacional sobre los PPP, tiene puntos en común, no existe un consenso legislativo total de los distintos países sobre la determinación de las razas potencialmente peligrosas. En lo que sí suelen ponerse de acuerdo es en el criterio sobre las características físicas y de comportamiento de las mismas.

En España, la ley vigente en 2017 es el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, que desarrolla y amplía aspectos que habían quedado confusos y obsoletos en la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

El Decreto de 2002 se refiere a la fauna doméstica de la especie canina y se fundamenta en la idea de que todos los perros poseen características diferentes, entre ellas el tipo de mordida, cuya gravedad puede ser mayor en algunas razas en concreto.

¿Cuáles son las razas de perros potencialmente peligrosos en España?

La legislación española de 2002, incluye las siguientes 8 razas de PPP:

  • – Pit Bull Terrier
  • – Staffordshire Bull Terrier
  • – American Staffodshire Terrier
  • – Rottweiler
  • – Dogo Argentino
  • – Fila Brasileiro
  • – Tosa Inu
  • – Akita Inu

También se consideran peligrosos:

  • – Los cruces entre estas razas.
  • – Los perros que tienen un carácter marcadamente agresivo.
  • – Los canes que en algún momento han agredido a personas u otros animales.
  • – Los perros que han sido adiestrados para agredir.
  • – Los considerados PPP por orden expresa de un veterinario

Perros potencialmente peligrosos

Asimismo, la ley contempla como PPP aquellas razas que reúnan todas o la mayoría de las siguientes características físicas:

  • Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
  • Marcado carácter y gran valor.
  • Pelo corto.
  • Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg.
  • Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
  • Cuello ancho, musculoso y corto.
  • Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
  • Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.

Quedan fuera de esta categoría, conforme al Real Decreto 1570/2007, de 30 de noviembre:

Los perros-guía o los perros de asistencia, acreditados y adiestrados en centros oficialmente reconocidos. Perros adiestrados para trabajar con las Fuerzas de Seguridad.

No obstante, hay perros que, teniendo algunas de las características atribuidas a los PPP, no se incluyen en la normativa española, como por ejemplo:

  • – Mastín napolitano
  • – Dóberman, de origen alemán
  • – Bullmastiff
  • – Perro de Presa Canario
  • – Bóxer
  • – Dogo de Burdeos

¿Qué se necesita para adoptar un PPP?

Si deseas adoptar un perro considerado potencialmente peligroso, lo primero que se exige es una licencia administrativa, que debe renovarse cada cinco años.

Requisitos para la obtención de la licencia:

  • Ser mayor de edad.
  • Carecer de antecedentes penales graves.
  • No estar privado, por resolución judicial, del derecho a la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
  • Certificado de aptitud psicológica que demuestre la capacidad para la tenencia de PPP.
  • Certificado del seguro de responsabilidad civil por daños a terceros.

Asimismo, es obligatorio:

  • Identificación del perro: mediante el microchip correspondiente.
  • Cartilla veterinaria: con todas las vacunas al día.

Normas para los paseos de un PPP en la vía pública

Respecto a los PPP, existen unas normas que deben cumplirse cuando se encuentren en espacios públicos:

  • – Tener a mano la licencia para PPP.
  • – Que el perro sea llevado por la persona autorizada.
  • – El can deberá llevar siempre un bozal homologado y adecuado a su raza.
  • – No podrán pasear con una correa extensible o que mida más de dos metros de largo.
  • – Una persona no puede pasear a dos PPP al mismo tiempo.

Diferencias de criterios entre las comunidades autónomas

Hemos visto que la ley nacional determina el listado de razas y las características de los PPP. Pero ocurre que cada comunidad autónoma matiza e incluso amplía esta relación. De esta forma, un dóberman es considerado PPP en Galicia pero no lo es en Madrid, por ejemplo.

Estas son las comunidades que han variado la lista de las 8 razas incluidas en la ley de 2002:

  • – Galicia: amplía el número de PPP a 15
  • – Valencia: considera 14
  • – Cataluña: recoge 13
  • – Baleares: incluye 11
  • – Canarias: registra 10

Tan and White Bullmastiff

La clave está en el adiestramiento

La ley vigente no sólo cataloga las razas de los PPP; también establece pautas de conducta dirigidas a las personas que poseen uno de estos canes, a fin de que los eduquen y adiestren adecuadamente para evitar peligros a terceros.

Este matiz es fundamental, puesto que la peligrosidad de un perro depende en parte de factores ambientales y no sólo de sus características genéticas o físicas.

No es lo mismo un perro de raza, considerada potencialmente peligrosa, adiestrado para atacar, que el mismo can entrenado para convivir con una familia y respetarla, tanto a ella como a las demás personas y animales de su entorno.

Educadores y etólogos saben perfectamente que existen perros que, teniendo las características físicas y genéticas de un PPP, son capaces de convivir en la sociedad sin causar daños. Por otro lado, hay canes, aparentemente inofensivos que, al haber sido entrenados con fines maliciosos, suponen un peligro importante.

 

Web: www.mascoteros.com

 

 

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