Seguro obligatorio para mascotas

Seguro obligatorio para mascotas

El pasado 29 de marzo se publicaba en el Boletín Oficial del Estado la Ley 7/2023 relativa a la Protección de los Derechos y el bienestar de los animales y muy particularmente, de aquellos que conviven en el entorno humano. Entre sus muchas novedades se encuentra la del artículo 30.3 de la norma, que establece por primera vez la obligación de contar con un seguro de responsabilidad civil para el perro para todo el territorio nacional.

 

¿A partir de cuando debemos tener el seguro de responsabilidad civil para nuestros perros?

Esta Ley entrará en vigor el 29 de septiembre, seis meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado y será de ámbito estatal siendo obligatorio el seguro de responsabilidad civil para todos los perros independientemente de su raza o peso. Por eso las aseguradoras ya se han adaptado para ofrecer a sus clientes un seguro de estas características como es el caso de la compañía Adeslas para Mascotas” aunque cabe reseñar que es para perros y gatos.

Anteriormente los únicos perros que debían contar con un seguro de responsabilidad civil eran los llamados “perros potencialmente peligrosos” o PPP variando las razas implicadas de unas comunidades autónomas a otras.

También subrayar que los perros con actividades concretas tales como, la caza, pastoreo o de labores de seguridad quedan excluidos de esta nueva ley, por lo que para ellos no será obligatorio, como reza en su publicación.

 

 

¿Por cuánto tiempo hay que tener contratado el seguro?

A partir de que entre en vigor la ley y “durante toda la vida del animal, la persona titular o dueño del can, deberá contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, que incluya en su cobertura a las personas responsables del animal, por un importe de cuantía suficiente para sufragar los posibles gastos derivados, que se establecerá reglamentariamente”, según se cita en el artículo 30.3.

 

¿Para qué sirve este tipo de seguro?

Con este seguro estarás cubierto frente a los daños que tu mascota pueda infligir a otro animal y por los daños personales o materiales que tu peludo o bigotudo pueda causar a otras personas.

 

 

Modalidades del seguro para mascotas

Suelen existir dos tipos de modalidades, una básica y otra más completa que incluye seguro médico también.

Coberturas de la modalidad Básica

Las compañías aseguradoras estipulan las coberturas y el importe asegurado, siendo las comunes las siguientes:

  • Fallecimiento por accidente
  • Robo
  • Responsabilidad civil
  • Sin periodo de carencia

 

Coberturas de la modalidad Completa

  • Fallecimiento por enfermedad (suele llevar algún tipo de carencia)
  • Asistencia veterinaria con cobertura a nivel nacional
  • Consultas veterinarias suelen ser sin límites.
  • Revisiones y vacunación de la rabia gratuitas (excepto tasas oficiales)
  • Precios reducidos en el resto de servicios: planes de vacunación, esterilización, desparasitación, pruebas de laboratorio, radiografías, cirugías…
  • Consulta de hoteles en España que admiten animales de compañía.
  • Asesoramiento sobre el traslado de animales.
  • Información sobre servicios que necesites: residencias, centros de adiestramiento, peluquería…
  • Teléfono de orientación veterinaria

 

Recomendaciones

  1. Las compañías tienen un listado con todos los centros veterinarios a los que puedes acudir, por lo que podrás comprobar si tu clínica de confianza se encuentra entre ellas.
  2. Asegúrate de comprender las exclusiones de la póliza, así como los períodos de espera o carencia.

 

 

Autora: Antonia Villalba