Proyecto de ley sobre perros de asistencia en Asturias para garantizar la entrada con las personas con discapacidad

Perro de asistencia

El proyecto de ley sobre perros de asistencia garantiza la entrada de las personas con discapacidad y sus canes en la mayoría de espacios con límite de acceso para animales

 

Perro de asistencia

 

El proyecto de ley sobre perros de asistencia garantiza la entrada de estos canes, así como de las personas con discapacidad a las que acompañan, en la mayoría de espacios con limitación de acceso para animales.

El texto, que actualmente está en tramitación en la Junta General, define la figura de las unidades de vinculación, entendidas como la unidad funcional que forman la persona y su perro de asistencia.

La aprobación de la ley garantizará el acceso a las personas con discapacidad y sus perros a diversos espacios, ya sean de titularidad pública o privada. Entre ellos se encuentran los transportes, los lugares de esparcimiento al aire libre, incluidos parques, jardines y playas en cualquier periodo del año; y los centros y dependencias oficiales, así como los judiciales y de participación política y electoral. El acceso también será libre a los establecimientos de venta de alimentos y de restauración, los alojamientos turísticos y las instalaciones deportivas, incluidas las piscinas, hasta el margen de la zona de agua. Además, se les permitirá la entrada a centros de enseñanza, sanitarios, asistenciales y de servicios sociales, junto con las residencias, hogares y clubes para la atención de personas, y aquellos espacios dedicados al culto religioso.

Queda prohibida la entrada a determinados espacios singulares, como quirófanos, zonas de establecimientos de restauración donde se manipulan alimentos o que sean de uso exclusivo del personal, el agua de las piscinas y el interior de los parques de atracciones.

 

Perro de asistencia

 

La consejera de Derechos Sociales y Bienestar, Melania Álvarez, ha comparecido hoy en la Junta General para informar sobre el proyecto de ley y ha valorado el proceso participativo que ha implicado a entidades públicas y privadas en la definición de la norma. “Queremos favorecer la accesibilidad y movilidad de las personas con discapacidad, así como facilitarles la posibilidad de vivir de manera independiente y de participar plenamente en la sociedad en igualdad de condiciones, porque todas las personas tenemos los mismos derechos”, ha asegurado.

La norma reconoce el papel relevante de los perros de asistencia en la sociedad, así como la obligación que tienen las personas adiestradoras y propietarias de prestarles los cuidados necesarios. Además, clasifica los diversos tipos de canes de asistencia, un listado que podría ampliarse en el futuro si se demuestran resultados positivos en terapias específicas.

Los perros de asistencia que aparecen reconocidos en la normativa son los siguientes:

  • Guía: adiestrados para conducir a las personas con discapacidad visual.
  • Señal de alerta de sonidos: preparados para avisar a las personas con discapacidad auditiva.
  • De servicio: han sido entrenados para ofrecer apoyo en actividades de la vida diaria a una persona con discapacidad.
  • De alerta médica: formados para avisar en caso de que la persona a la que acompañan sufra una crisis de desconexión sensorial, como son las epilépticas y las diabéticas.
  • Para personas con trastorno del espectro autista: adiestrados para promover la autonomía mediante la ayuda en las actividades de la vida diaria.
  • De cualquier otra clase que se pueda reconocer por decreto del Consejo de Gobierno cuando tenga constancia de que el adiestramiento en nuevas variantes de asistencia ha logrado resultados positivos.
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