La Asociación Contra el Maltrato (ACM) obtiene la sentencia por mayor importe de la última década por daños morales a un propietario de mascota tras que falleciera por golpe de calor en un viaje en autobús desde Madrid a Algeciras.

El perro, de nombre Duque, viajaba en el mismo autobús junto sus dueños el pasado 10 de agosto de 2012. Al llegar a su destino, Algeciras, tras nueve horas de trayecto, al abrir el habitáculo donde viajaba Duque los propietarios se encontraron sin vida al animal. El Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Alcobendas (Madrid) estima parcialmente la demanda interpuesta, condenando a DAIBUS INTERURBANA DE AUTOBUSES S.A. a abonar la cantidad de 4.000 € por daños morales y 300 € por valor del animal.
El pasado 10 de agosto de 2012, Davinia y su pareja comenzaban lo que iba a ser un tranquilo viaje. Desde Madrid salieron en autobús rumbo a Algeciras junto a Duque, un bulldog francés sano y feliz de 3 años que viajaría en un habitáculo especial del autobús supuestamente destinado al transporte de mascotas, dentro de un trasportín que Davinia tenía para tal viaje. Al llegar a Algeciras, tras 9 horas de trayecto, y al abrir el habitáculo donde viajaba el perro pudieron comprobar como Duque yacía muertoen el suelo del trasportín. Davinia sufrió un desmayo en ese momento y desde entonces ha sufrido depresiones por el trauma acrecentado por las constantes acusaciones que la compañía de transporte lanzaba contra ella culpándola de lo sucedido a Duque.
La posterior autopsia del animal determinó que Duque murió por golpe de calor. A pesar de que se acreditó que el aire acondicionado del habitáculo funcionaba al iniciar el viaje, según el propio juez que dicta la sentencia, no se puede acreditar que estuviera funcionando durante el resto del trayecto ni durante la parada de 45 minutos que realizó el autobús en Córdoba, y en la cual se dejó una ventana abierta del habitáculo en la que se hallaba el animal, a pesar de encontrarse en pleno mes de agosto, lo que supuso un aumento excesivo de la temperatura, y no debiéndose por ello su muerte al hecho de no haberle prestado los dueños las atenciones necesarias al animal como alegaba la defensa de la línea de transportes.
Por tanto, en la resolución se imputa la responsabilidad de la muerte del animal a la compañía de transportes, DAIBUS INTERURBANA DE AUTOBUSES S.A., por falta de diligencia, fijándose la cantidad de 300 € del valor del animal y 4.000 € por daños morales, la mayor desde hace 12 años por este último concepto.
La demanda fue presentada por la letrada Minerva Sánchez, asistiendo al juicio como letrado de la propietaria de Duque, Víctor Valladares, ambos fundadores de Asociación Contra el Maltrato (ACM) y especializados en derecho animal.
Esta sentencia ejemplar deja las puertas abiertas a la esperanza a que la concepción que de los derechos de los animales se empieza a tener por los juzgadores, como el del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Alcobendas, suponga un giro en la línea jurisprudencial que al respecto ha venido existiendo en nuestro país. Y es que en la propia sentencia, frente a la que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, se pueden leer frases como: “[…] aunque no se padezcan lesiones físicas o psíquicas, la pérdida de un ser querido se sufre igual. Es evidente que la pérdida de un ser querido como un animal de compañía constituye un daño moral importante. Davinia V.G. se encuentra con que mete a su perro vivo en el autobús y sale muerto a las 9 horas, lo que le tiene que producir desazón, zozobra y, sobre todo, un echar de menos a su mascota […]”
Desde Asociación Contra el Maltrato (ACM) y Grupo Mascoteros, esperamos que el caso de Duque sirva para que las compañías que transportan animales sean conscientes de que tienen en sus manos seres vivos, ofreciéndonos a asesorar a todos aquellas que lo requieran sobre las condiciones de los habitáculos y los procedimientos a seguir en el transporte de animales.